Si hay una vía que siempre se debe
explotar y agotar antes de emprender cualquier acción judicial es la
vía de la negociación. Este proceso para resolver controversias es
aconsejable frente a problemas de
familia, mercantiles, laborales, civiles incluso administrativos. Sí que es cierto, que en la jurisdicción
penal no es factible, pero la mediación está siendo llevada a cabo en algunos
juzgados, cuando se cumplen determinados requisitos, con resultados bastante alentadores.
Llegados a este punto, incido en la importancia que
tiene estar dirigidos, desde el primer momento,
por un profesional. De esta manera, partimos con la ventaja del
asesoramiento inicial y preventivo. Es
el abogado el que a la vista de los datos aportados por su cliente, debe marcar
los tiempos de la negociación y las pautas a seguir.
Hay que tener en cuenta que cuando alguien
recibe la llamada de un abogado, su reacción natural y lógica consistirá en
ponerse en guardia y muchas veces, la primera pregunta que surge es: “¿por qué
no me ha llamado él, antes de acudir a un abogado?
La fase inicial en la negociación,
parte con un ofrecimiento de acuerdo por parte del afectado directamente. No
se debe mostrar debilidad sino la voluntad de resolver el conflicto.
Hay que tener PACIENCIA, pues
no
es habitual obtener un resultado positivo y definitivo a la primera de cambio,
pero se inicia un periodo de reflexión que habrá que respetar durante el tiempo
suficiente. Lo lógico es que la parte contraria haga una contraoferta o incluso
acepte nuestra propuesta. En cualquiera de los casos, no debemos prolongar esta
fase mucho más allá de 2 ó 3 contactos.
Si tras estos intentos, se consigue un principio de acuerdo, habrá que
plasmarlo en un documento que firmarán los afectados y pondrá fin al conflicto.
Solo si no conseguimos obtener un
acuerdo directo entre las partes, pasaremos a la segunda etapa. Se
trata de la negociación directa entre abogados. En esta fase, deberemos
mantener puntualmente informado a nuestro cliente del desarrollo de las
conversaciones, de los avances obtenidos y de las alternativas posibles, pero son
los implicados directos los que deben dar el visto bueno y estar plenamente convencidos
del resultado obtenido.